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El Juez notific贸 hoy a las partes el auto de "sobreseimiento y archivo" de la "Operaci贸n Puerto"







Madrid, 12 mar麓07 (EFE).- El titular del Juzgado de Instrucci贸n n煤mero 31 de Madrid notific贸 hoy a las partes el "sobreseimiento libre y archivo de las actuaciones", as铆 como el levantamiento de las medidas cautelares relacionadas con la Operaci贸n Puerto, al entender que no hay delito contra la salud p煤blica.

En un auto del 8 de marzo, ante el que cabe recurso de reforma, el magistrado-juez Antonio Serrano afirma que "los hechos denunciados", por los que fueron imputados, entre otros, los doctores Eufemiano Fuentes y Jos茅 Luis Merino, y los directores Manuel S谩iz y Vicente Belda, "no son constitutivos de infracci贸n criminal".

El juez "destaca" que "el procedimiento ha tenido lugar por la falta de juego limpio" y explica que en el momento en el que se inici贸 el procedimiento no exist铆a en Espa帽a una norma que penalizara las conductas relacionadas con el dopaje", como s铆 hace la reci茅n aprobada Ley org谩nica de Protecci贸n de la Salud y de Lucha contra el Dopaje, que no tiene efecto retroactivo.

Entre sus razonamientos jur铆dicos y sobre "la tenencia de medicamentos por parte de los implicados", el auto alude al archivo y sobreseimiento del caso de Jes煤s Manzano, ex ciclista del Kelme, personado en las diligencias, que demand贸 al director y al m茅dico de su equipo por pr谩cticas dopantes. "La sangre encontrada... ten铆a no un determinado receptor, sino uno en concreto -misma sangre para la misma persona-, por el sometimiento a control m茅dico y que era su propia sangre, minimizando el potencial riesgo que, incontrolado, podr铆a causar cualquier otro medicamento", afirma el auto.

El juez indica que tras el an谩lisis en el Laboratorio Antidopaje de Barcelona de las 99 bolsas de plasma localizadas en los pisos de Eufemiano Fuentes, el informe del Instituto Nacional de Toxicolog铆a y Ciencias Forenses considera que "los niveles de eritropoietina (EPO) encontrados" no resultan perjudiciales para la salud. 鈥淟a administraci贸n de las cantidades existentes en las bolsas no ser铆a suficiente para provocar efectos perjudiciales y las dosis empleadas en pacientes que la necesiten terap茅uticamente son mucho mayores. Entendemos que la presencia de eritropoyetina ex贸gena en tales bolsas obedece a su administraci贸n previa a sujetos posiblemente sanos y en tal caso el riesgo es por ello mismo previo a su existencia en las citadas bolsas", afirma el auto.

El magistrado se帽ala que "se desconoce" si el uso habitual de EPO puede tener efectos secundarios, debido a su comercializaci贸n desde hace pocos a帽os", y reproduce otra respuesta del Instituto Nacional de Toxicolog铆a, que entiende que la administraci贸n del plasma encontrado "probablemente no tendr铆a efecto alguno en personas que no lo necesitasen". "Al contrario de lo que ocurre en las legislaciones francesa e italiana, en la legislaci贸n penal espa帽ola en la fecha en la que ocurrieron los hechos no exist铆a una norma que penalice las conductas relacionadas con el dopaje en s铆 mismo... laguna que ha venido a subsanar la Ley Org谩nica 7/2006 de 21 de noviembre de protecci贸n de la salud y de lucha contra el dopaje en el deporte", que introduce un nuevo art铆culo en el C贸digo Penal (362 bis), que "penaliza conductas hasta entonces no tipificadas", precisa el auto.

El juez concluye con una reflexi贸n sobre el "juego limpio", que "es, m谩s que como un comportamiento, un modo de pensar y se extiende a la lucha contra las trampas, contra el arte de enga帽ar sin vulnerar las reglas, la violencia f铆sica o verbal, la excesiva comercializaci贸n y la corrupci贸n". "Ser deportista exige una respuesta 茅ticamente correcta y ajustada a unos principios, as铆 como un respeto exquisito a las normas, desde el convencimiento de que el juego limpio y el comportamiento son referentes para la consecuci贸n de la excelencia deportiva", a帽ade, tras afirmar que "el deporte se ha convertido en una rama industrial donde todo se juzga por su rentabilidad".

La Operaci贸n Puerto se inici贸 el 23 de mayo de 2006 con la detenci贸n por la Guardia Civil de cinco personas en Madrid y Zaragoza y fruto de la investigaci贸n resultaron imputados, adem谩s de Fuentes, Saiz, Belda y Merino, Ignacio Labarta, director adjunto del Comunidad Valenciana, Alberto Le贸n, ex profesional de bicicleta de monta帽a, y los doctores Alfredo C贸rdova y Yolanda Fuentes. El procedimiento judicial, que afect贸 a un importante n煤mero de ciclistas, entre ellos el alem谩n Jan Ullrich 鈥搑ecientemente retirado-, y llev贸 a la desaparici贸n de los equipos Liberty Seguros y Comunidad Valenciana, paraliz贸 cautelarmente los expedientes disciplinarios abiertos por la Federaci贸n Espa帽ola de Ciclismo, que debe decidir ahora sobre la reapertura o no de 茅stos. EFE (omm/jag)