La lucha contra el dopaje en el deporte hace necesario adoptar un criterio de pol铆tica criminal.
Que sirva para:
- Potenciar la investigaci贸n de las conductas prohibidas y mejorar los resultados de las medidas represivas contra el dopaje en el deporte.
- Ofrecer un tratamiento punitivo adecuado para sancionar la conducta de las personas pertenecientes al entorno del deportista que intervengan o propicien el dopaje y/o el tr谩fico ilegal, distribuci贸n y venta de sustancias prohibidas.
Este enfoque exige una modificaci贸n del actual C贸digo Penal que introduzca, como delito de riesgo, las conductas espec铆ficas de dopaje que no puedan ser castigadas con la actual regulaci贸n.
Aunque hoy en d铆a nuestro ordenamiento jur铆dico recoge el delito contra la salud p煤blica y los delitos contra la vida y la integridad f铆sica, que integran ya algunas de las conductas propias del dopaje, resulta necesario incorporar al ordenamiento penal tipos delictivos que castiguen conductas no previstas en este momento.
Asimismo, estas incorporaciones deber谩n contemplar las sanciones aplicables a las personas del entorno del deportista que propicien o intervengan en un caso de dopaje, siempre que resulten ajustadas al principio de la proporcionalidad.
En este campo existe un amplio consenso internacional sobre la necesidad de articular, desde el sector p煤blico, medidas punitivas que sancionen las conductas favorecedoras del acceso incontrolado a productos, sustancias y m茅todos dopantes por parte de los integrantes de la comunidad deportiva.
La raz贸n es que estas conductas, adem谩s de neutralizar o anular los beneficios que proporciona la actividad deportiva, constituyen un riesgo cierto para la salud al apartarse de los cauces, garant铆as y previsiones legales que regulan su adecuada y correcta comercializaci贸n, tratamiento, dispensaci贸n o administraci贸n.
Ante esta situaci贸n y la consiguiente alarma social que genera percibir que quienes propician el dopaje no pueden ser suficientemente perseguidos, el Plan propone los pasos necesarios para articular una pol铆tica criminal eficaz contra el dopaje, reforzada por la penalizaci贸n de la manipulaci贸n gen茅tica que permite sancionar las pr谩cticas de dopaje m谩s graves y novedosas.
Esta pol铆tica tiene dos objetivos b谩sicos:
- La vigilancia, control y actuaciones de los poderes p煤blicos en relaci贸n con la comercializaci贸n o dispensaci贸n de productos que pueden producir dopaje en el 谩mbito deportivo o poner en riesgo la salud del deportista profesional o de base, por su utilizaci贸n il铆cita sin fines terap茅uticos.
- La vigilancia y control de las condiciones en las que se practica deporte en Espa帽a y, en especial, de la circulaci贸n, dispensaci贸n, suministro, o cualquier otra actividad semejante que fomente, facilite o permita a los deportistas profesionales y con licencia federativa la ingesta de productos que tengan por objeto transgredir la normativa contra el dopaje en el deporte.